El Servicio de Impuestos Internos (IRS) ha publicado en su sitio web las condiciones bajo las cuales sus funcionarios pueden visitar el hogar de un contribuyente para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. En caso de que se requiera una visita, la agencia se comunicará con el contribuyente para informarlo. Sin embargo, si no se responden los llamados de manera oportuna, la agencia se reserva el derecho a realizar la visita en el domicilio de todas maneras. Según lo indicado por el IRS, los funcionarios encargados de la recaudación son empleados civiles que participan activamente en el proceso de verificación de impuestos. “El agente envía la Carta 725-B o establece contacto telefónico para coordinar una visita. Para confirmar la cita, es necesario llamar al número indicado en la carta”, se menciona. Si no se recibe respuesta, se enviarán múltiples notificaciones y, si el contribuyente no establece contacto, la visita se llevará a cabo igualmente. Durante este proceso, se revisarán las declaraciones y los impuestos pendientes; en caso de que existan obligaciones pendientes, se permitirá realizar el pago al funcionario en ese momento, aunque también habrá la opción de completar la transacción en línea. La agencia aclara que, si un agente del IRS se presenta sin previo aviso, el contribuyente puede utilizar la Herramienta de Verificación de Empleados para confirmar que efectivamente el agente pertenece a la institución.









