La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad el pedido de libertad condicional de Ricardo Taddei, quien cumple una condena a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad. Con este fallo, la Sala IV ratificó la resolución previa del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, dictaminando que el cumplimiento del tiempo mínimo de detención —alcanzado en junio de 2022— no es un argumento suficiente para otorgar el beneficio de manera automática.
Los argumentos de los jueces: falta de introspección y eufemismos
La decisión de los magistrados Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky se sustentó fuertemente en un peritaje del Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal de la propia Cámara. Tras evaluar al condenado mediante entrevistas realizadas en 2022 y 2026, los especialistas concluyeron que Taddei no ha tomado dimensión de la gravedad de los delitos cometidos.
Entre los puntos más destacados del informe psicológico y social se detalló:
- Uso de eufemismos: El represor apela a estructuras de pensamiento rígidas y minimiza los hechos; por ejemplo, utiliza el término “interrogatorios” para sustituir la palabra “tormentos”.
- Deslinde de responsabilidades: Tiende a justificar su accionar en factores externos como la obediencia debida o un “error de elección vocacional”, asumiendo una postura de victimización.
- Falta de remordimiento: Afirmó explícitamente no sentir culpa por crímenes que, en parte, niega haber cometido.
Ante este diagnóstico, el tribunal determinó que Taddei no internalizó los objetivos del tratamiento penitenciario ni comprende el daño ocasionado, por lo que su pronóstico de reinserción social sigue siendo desfavorable.
El cruce de informes técnicos
La defensa de Taddei había solicitado la liberación basándose en un dictamen unánime y favorable del Consejo Correccional de la Unidad N° 34 del Servicio Penitenciario Federal, argumentando además la falta de antecedentes de reincidencia.
Sin embargo, los jueces de Casación desestimaron el planteo tras aclarar que las evaluaciones del servicio penitenciario son de carácter principalmente descriptivo y carecen de la profundidad analítica del equipo interdisciplinario de la Cámara. Asimismo, recordaron que la opinión de dicho Consejo no es vinculante para el Poder Judicial.
El rol de las víctimas y la normativa internacional
Durante el proceso se activaron los mecanismos de escucha garantizados por la ley vigente. En dos audiencias consecutivas, las víctimas Iván Troitero, Gabriela Funes, Miguel D’Agostino, Ana María Careaga, Mirta Israel, Guillermo Cabrera Cerocchi y Julieta Daelli expresaron su firme oposición a la soltura del represor. Esta postura fue formalmente acompañada por el fiscal general y el abogado querellante Pablo Llonto. Los jueces aclararon que, si bien el testimonio de las víctimas no es el único factor determinante, constituye un elemento central de ponderación a la hora de resolver.
El marco jurídico: Ricardo Taddei fue condenado en 2010 como partícipe necesario de homicidio calificado, privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos durante el terrorismo de Estado.
Para fundamentar la negativa, la Sala IV invocó la Opinión Consultiva OC-29/22 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Dicha norma internacional estipula que, para conceder beneficios extrapenitenciarios a condenados por delitos de lesa humanidad, es requisito indispensable evaluar la conducta del reo frente al esclarecimiento de la verdad y el reconocimiento explícito de la gravedad de sus actos.
Esta es la segunda vez que la Justicia le deniega la condicional a Taddei, luego de un intento similar rechazado en 2023. Para el tribunal, las condiciones y la postura del represor no han mostrado variaciones significativas desde aquel primer fallo.









