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Falta de mérito para directivos de Banfield y firmas conexas a Sur Finanzas

12 agosto, 2026
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Falta de mérito para directivos de Banfield y firmas conexas a Sur Finanzas
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El juez federal Luis Armella, al frente del Juzgado Federal Criminal y Correccional de Lomas de Zamora N° 2, ha determinado la falta de mérito para procesar o sobreseer a cuatro dirigentes del Club Atlético Banfield y a dos entidades asociadas al holding Sur Finanzas. Esta decisión se produce en el contexto de una investigación que analiza una supuesta asociación ilícita, así como defraudación por administración fraudulenta y lavado de activos. En su resolución, emitida el 11 de agosto y correspondiente al expediente FLP 29107/2025, el magistrado dejó abierta la posibilidad de continuar con la investigación y ordenó diversas medidas probatorias antes de tomar una decisión definitiva sobre el procesamiento o sobreseimiento de los imputados. Maximiliano Ariel Vallejo, conocido como el titular de Sur Finanzas y amigo de Claudio Tapia, el actual presidente de la AFA, también fue interrogado en el mismo caso, aunque su situación procesal no fue abordada en este fallo.

Los directivos que han recibido la falta de mérito son Eduardo Juan Spinosa, quien fue presidente del club; Federico José Spinosa, ex secretario; Oscar Fabián Tucker y el ex tesorero Ignacio Javier Uzquiza. Asimismo, la medida implica a las personas jurídicas Banfileños S.A. y el Fideicomiso para la Reconstrucción Banfileña. En paralelo, el juez rechazó las solicitudes de sobreseimiento que las defensas de los cuatro imputados habían presentado, considerándolas como “prematuros”.

La falta de mérito es una figura legal contemplada en el artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación, y se aplica cuando, tras las indagatorias, las evidencias recopiladas no son suficientes para establecer un procesamiento —que permitiría avanzar hacia un juicio oral— pero tampoco alcanzan para cerrar el caso con un sobreseimiento. En este sentido, esta resolución es considerada transitoria: la investigación prosigue y la situación de los acusados podría variar.

La causa presenta tres ejes principales de imputación. Primero, se encuentra la acusación de asociación ilícita: de acuerdo con las acusaciones, la organización fue encabezada por Eduardo Spinosa y operó de manera continuada, con estabilidad y división de roles, al menos desde 2019 hasta el 9 de octubre de 2024. La fiscal Cecilia Incardona argumentó que esta estructura se formó “con el inequívoco objeto de cometer una pluralidad indeterminada de delitos” y que, a través del Fideicomiso de Reconstrucción Banfileña y Banfileños S.A., junto con el conglomerado Sur Finanzas, los coautores establecieron un circuito de financiamiento ficticio, desvío de fondos y triangulación de contratos de patrocinio y mutuo.

El segundo eje de imputación refiere a la administración fraudulenta en contra de Club Atlético Banfield Sociedad Civil. Se ha denunciado que los directivos perjudicaron los intereses del club que les habían sido confiados por medio de contratos desfavorables con la empresa Sur Finanzas Group, que es representada por Vallejo. En particular, se menciona la firma de dos contratos de mutuo: el primero, el 17 de julio de 2023, por un monto de 500.000 dólares con una tasa de interés compensatorio del 3% mensual; el segundo, firmado el 9 de octubre de 2023, por otros 500.000 dólares a una tasa del 4% mensual, en moneda extranjera. Además, ambos contratos incluían un interés punitorio del 5% mensual. En estos documentos, los directivos manifestaron haber recibido el dinero “en efectivo y en la citada moneda [dólares estadounidenses] antes de la firma”, lo que, según la acusación, imposibilitó su rastreo bancario directo.

El tercer eje se centra en el lavado de activos, cargos que recaen sobre Oscar Tucker y los Spinosa. Según la hipótesis de la Fiscalía reflejada en la resolución, la maniobra de lavado consistió en que “mediante la ejecución de la administración fraudulenta que se investiga en perjuicio del Club Banfield Sociedad Civil, se generó un flujo de liquidez ilícita a favor de Eduardo Juan Spinosa, Federico José Spinosa y Oscar Fabián Tucker”. Se argumenta que al concretarse los mutuos “simulando la recepción de sumas millonarias en moneda extranjera y en efectivo, se impidió la trazabilidad bancaria directa hacia las arcas formales del club”. Esto se ve acompañado por el desvío sistemático de ingresos genuinos como patrocinadores y cuotas societarias hacia el Fideicomiso de Reconstrucción Banfileña (que incluye a Banfileños S.A.), lo que habría permitido a los coautores apropiarse de una suma de dinero de origen ilícito, que luego integraron a su patrimonio, dándole una apariencia legal.

El Fideicomiso de Reconstrucción Banfileña ha sido señalado como un “vehículo de opacidad societaria” diseñado para disimular las ganancias ilegales con activos legítimos del club. Se menciona que entre los bienes vinculados a estas maniobras se encuentran: una Toyota SW4 avaluada en 53.745.000 pesos, adquirida por Eduardo Spinosa en junio de 2024; un Peugeot 208, tasado en 14.947.000 pesos, comprado por el mismo implicado en febrero de 2026; y el 50% de un inmueble ubicado en la calle Ugarteche N° 3354 de la Ciudad de Buenos Aires, adquirido por Federico Spinosa en mayo de 2023 por un costo de 170.000 dólares.

Armella fue claro en su razonamiento, afirmando que “la prueba reseñada y agregada hasta la fecha, valorando sus descargos y los extremos reunidos, no han agotado las medidas probatorias necesarias para obtener elementos que sean de interés para el esclarecimiento de los hechos ventilados en esta investigación”. También mencionó que “restan por agregarse las conclusiones del análisis de los elementos informáticos y los dispositivos celulares secuestrados, además de cualquier otra medida que se disponga en el avance de la investigación”. Por lo tanto, consideró que “no es posible adoptar a esta altura el temperamento previsto por el art. 306 del Código Procesal Penal de la Nación (procesamiento), como tampoco el estipulado en el art. 334 del mismo cuerpo normativo (sobreseimiento)”.

El magistrado hizo una enumeración de las diligencias pendientes que motivaron su decisión. En este sentido, solicitó a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado de la Nación (DAjuDeCO) un informe técnico sobre los entramados financieros y sociales desde 2018, “medida que se encuentra en curso”. Al Departamento de Investigaciones Federal de la Policía Federal Argentina (PFA) le encargó un estudio integral del patrimonio del club y del Fideicomiso, con un análisis de la trazabilidad de los fondos del préstamo de Auriga S.A., además de una revisión de pasivos y contratos, así como una “auditoría de patrocinio: determinar si los contratos de publicidad del Club Atlético Banfield con Sur Finanzas y sus entidades vinculadas corresponden a prestaciones reales”.

Armella también requirió al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que informe si las cuentas del club “han estado restringidas (bloqueadas o embargadas) desde el año 2012 en adelante”, y a la Unidad de Información Financiera (UIF) que dé cuenta de la existencia de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) emitidos respecto a todos los imputados. Asimismo, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores el estado de un exhorto librado a la República Federal de Alemania. Según se detalla en la causa, el club poseía una cuenta bancaria en Alemania, abierta debido a que las cuentas de Banfield en Argentina estaban “embargadas y suspendidas”. A través de esta cuenta ingresaron los fondos del préstamo de Auriga League S.A., ente con el que Banfield suscribió un crédito participativo en 2019 por un total de 2.000.000 de euros, en tres transferencias realizadas entre junio y julio de ese año.

Armella ha fijado también para el 29 de septiembre la declaración testimonial de Mariano Castelo, quien se habría desempeñado como gerente financiero del Club Banfield.

Todos los imputados han negado los cargos que se les atribuyen. Uzquiza afirmó que “su intervención se limitó al ejercicio acotado y formal del cargo de tesorero, dentro de una conducción colegiada presidida por la presidencia, sin poder de decisión sobre las operaciones cuestionadas, sin manejo de fondos y sin haber obtenido ningún beneficio de ellas”. Su defensa alega que la imputación se basa en “dos únicos datos: el cargo de tesorero que ocupaba y su firma en la documentación de un préstamo, ninguno de los cuales, de manera aislada o en conjunto, acreditan el dolo de defraudar ni la existencia de un acuerdo para cometer una pluralidad indeterminada de delitos”.

La defensa de Tucker argumentó que no hay pruebas de lavado de activos ni de fraude y cuestionó la posibilidad de que la usura pueda considerarse como delito precedente del lavado. En este sentido, afirmaron que “las presunciones fiscales no pueden sustituir la obligación judicial de probar en forma plena el dolo y el ardid engañoso”, además de señalar que las operaciones están registradas en los balances del Club, los cuales son públicos y fueron aprobados por la asamblea de socios, el máximo organismo de la institución.

Por su parte, Eduardo Spinosa admitió su relación con Vallejo, pero lo limitó al ámbito comercial, indicando que lo conoció “para que sea sponsor del club” y que la relación financiera se restringió a los dos mutuos de 2023.

Maximiliano Ariel Vallejo, figura clave de Sur Finanzas Group S.A. y señalado por la acusación como beneficiario directo de las maniobras, fue indagado en el mismo expediente FLP 29107/2025 días antes de los directivos del club. Sin embargo, su situación no fue abordada en la resolución que data del 11 de agosto, quedando pendiente de resolución separada dentro de la misma causa.

El recorrido de Vallejo hacia la indagatoria estuvo signado por conflictos procesales. En mayo de 2026, como se había informado, sus abogados indicaron que no se presentaría a declarar ante Armella debido a una apelación pendiente. Argumentaron que esta se fundamentaba en un fallo de la Cámara Federal de La Plata del 30 de diciembre de 2025. “Vallejo está citado a indagatoria por tres cuestiones que, según entendemos, no corresponden a lavado de dinero del Fideicomiso Banfileño”, comentaron sus letrados. “La cámara ya hizo saber a la fiscal Cecilia Incardona y al juez Armella que no existe lavado”, añadieron.

Sin embargo, la decisión de la Cámara —firmada por el camarista Jorge Di Lorenzo— no fue un desestimado de la causa de lavado. Se trató de una resolución de competencia donde el tribunal determinó que la denuncia presentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) contra Sur Finanzas debía tramitarse ante el juez Federico Villena y no ser unificada con la causa de Armella, dado que “por el momento no se aprecia la conexidad” entre ambas investigaciones. La Cámara no se pronunció sobre el fondo del asunto ni sobre la existencia o inexistencia del delito de lavado en la causa que investiga Armella.

Pese a la apelación presentada por su defensa, Vallejo finalmente fue indagado por Armella en el marco de la investigación en la que lo señalan como líder de una asociación ilícita, usura y lavado de activos. En ese contexto, Vallejo rechazó todas las acusaciones que se le imputan.

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