Hasta el momento, esta alternativa estaba limitada a aquellas compañías que realizaban exportaciones o que contaban con el respaldo de un exportador, lo que generó un llamado desde el sistema financiero para ampliar el acceso al crédito en moneda extranjera.
El DNU se publicará en el Boletín Oficial y comenzará a estar vigente inmediatamente después de su publicación. Caputo especificó que la medida se destinará a personas jurídicas y no a individuos. “Estamos extendiendo esas posibilidades a todas las empresas”, expresó, y lo enmarcó dentro de un conjunto de medidas macroprudenciales. El anuncio fue realizado en conjunto con el viceministro, José Luis Daza, y el secretario de Finanzas, Federico Furiase.
El ministro también adelantó que el Banco Central ofrecerá detalles sobre la implementación de esta medida, anticipando algunas condiciones: “Los bancos solo podrán prestar hasta un 15% de sus depósitos en dólares, además habrá exigencias de capital mínimos y límites a la exposición crediticia”.
Caputo puntualizó que los préstamos en dólares que obtengan las empresas deberán ser convertidos a pesos: “Se mantiene la obligación de liquidar estos préstamos en el mercado único y libre de cambios. Si una empresa solicita un crédito en dólares, debe liquidarlo: tiene que convertirlo en pesos”, explicó.
En cuanto a los plazos y tasas, indicó que “los dictará el mercado” y que serán “los mismos que se aplican en cualquier préstamo”.
Las proyecciones del Gobierno señalan que esta medida podría incrementar el financiamiento disponible entre US$6000 y US$10.000 millones para empresas no exportadoras. “Creemos que es una medida que será excelentemente bien recibida por todas las industrias y por el sistema financiero, que generará un mayor crédito y reducción de tasas, y que contribuirá a reactivar la economía”, sostuvo Caputo, asegurando que se implementará de modo prudencial para evitar problemas económicos.
Poco después del anuncio, desde una entidad financiera elogiaron la decisión: “Esta flexibilización representa un paso muy positivo para expandir el crédito, movilizar el ahorro hacia la inversión y potenciar el desarrollo productivo del país. Al aumentar la capacidad de los bancos para otorgar financiamiento en dólares, se generan más oportunidades para que las empresas inviertan, crezcan y generen empleo”.
Luego de la conferencia de Caputo, el Banco Central comunicó que se modificará el artículo 23 del Decreto 905/02 mediante este DNU. La entidad especificó que los préstamos provenientes de depósitos en moneda extranjera a clientes que no formen parte de la cadena exportadora ni tengan un respaldo de una empresa en esa cadena no podrán superar en total el 15% de los depósitos en moneda extranjera de cada entidad financiera.
Además, se precisará un tratamiento prudencial más riguroso para estas financiaciones.
Este DNU, que será firmado por el presidente Javier Milei, permitirá superar restricciones históricas que enfrentaron los gobiernos para ampliar el acceso al crédito en dólares desde la crisis de 2001. El artículo 23 del DNU 905/2002, luego reemplazado por la Ley 26.546, establecía que los depósitos en moneda extranjera debían destinarse a financiar prestatarios con ingresos en dólares, directamente o a través de operaciones de comercio exterior.
Esta norma buscó evitar la repetición del descalce de monedas que se evidenció durante la crisis del inicio del siglo, cuando empresas y particulares con ingresos en pesos se encontraron endeudados en dólares. Posteriormente, el Banco Central caracterizó esta restricción como una medida macroprudencial para disminuir el riesgo de que una devaluación afecte la capacidad de repago de los deudores, lo que podría impactar en el sistema bancario.
Desde el comienzo de este año, el Gobierno ha ido flexibilizando este esquema a través de diversas medidas, sin modificar la normativa fundamental. En enero, el Banco Central autorizó a los bancos a prestar en moneda extranjera a clientes que no generan ingresos en divisas, siempre que su fondeo proviniera de Obligaciones Negociables o de líneas de financiamiento del exterior, sin alterar el uso de los depósitos en dólares de los ahorristas para tales préstamos.
En junio, se avanzó al permitir que los bancos prestaran dólares a empresas que brindaran garantías de exportadores. Ese mismo mes, se dio luz verde a que las Sociedades de Garantía Recíproca avalaran operaciones en dólares para pymes sin ingresos en moneda extranjera, hasta el 50% del Fondo de Riesgo Disponible y con la obligación de mantener inversiones en divisas que respalden dichas garantías.
La semana pasada, el titular del Banco Central había comentado que consideraba adecuado abrir el debate sobre la ampliación del crédito en dólares, aunque descartó realizar modificaciones a corto plazo.









