El Complejo Turístico Chapadmalal atraviesa un nuevo capítulo tras la decisión del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata, que accedió a la solicitud de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para proceder con el desalojo del emblemático Café del Lago, situado en su interior. La resolución fue emitida por el juez federal subrogante Bernardo Bibel y apoya las intenciones del Gobierno nacional de concesionar el complejo, fundado por Juan Domingo Perón, con el fin de impulsar el turismo social. La Administración libertaria busca desinvertir y evidenciar un deterioro en el predio para facilitar su concesión a inversores privados por un período de 30 años. Según informes de medios locales que tuvieron acceso al expediente, la decisión de Bibel se enmarca en una demanda presentada por la AABE no solo contra el café histórico, sino también contra la Escuela de Surf, ubicada entre los hoteles 3 y 4, y el restaurante La Barraca de Chapa. El Gobierno fundamentó su acción en la Ley Nacional 17.091, que permite la recuperación de bienes inmuebles del Estado una vez vencidos los plazos de concesión. En este caso, la AABE argumentó que el café, el restaurante y la escuela de surf son parte del Complejo Turístico Chapadmalal y que sus ocupantes no tienen derechos ni permisos que justifiquen su permanencia en el lugar. Luego de la presentación, el fiscal federal involucrado solicitó una revisión del expediente para verificar si el Estado había intimado de manera adecuada a los ocupantes para desocupar el inmueble. Sin embargo, el juez Bibel optó por avanzar basándose en una nueva documentación presentada. En particular, se comprobó que el 17 de abril de 2026, un funcionario de la AABE notificó a la encargada del café sobre la orden de desalojo, dándole un plazo de diez días para desocupar el lugar. Este aviso fue entregado en mano y la encargada firmó el acta tras recibir la explicación del procedimiento. El juez consideró que la notificación se realizó de conformidad y que el plazo establecido había expirado, lo que permitió dar curso a la acción judicial para el desalojo. Además, subrayó que el inmueble del Café del Lago, localizado en el área conocida como “Existencia N°19”, forma parte del Complejo Turístico del Estado Nacional y fue declarado Monumento Histórico Nacional mediante el Decreto 784/2013. En su resolución, el juez describió a los trabajadores del café como “intrusos y/o ocupantes de carácter irregular”, al carecer de un contrato de concesión o permiso vigente. Citó un precedente de la Corte Suprema de Justicia de 1998, que establece que los exconcesionarios son considerados intrusos para la recuperación de bienes del Estado Nacional. En conclusión, el Juzgado Federal N°2 dio lugar a la denuncia de la AABE y ordenó el desalojo inmediato de cualquier ocupante del Café del Lago. Esta resolución permite el desalojo con asistencia policial y la posibilidad de entrar por la fuerza, pero solo si es necesario. Una vez efectuado el procedimiento, la posesión del inmueble deberá ser entregada a los funcionarios designados por la AABE.









