Esta decisión surge tras la apelación del Gobierno, que había sostenido que había dado cumplimiento a las obligaciones establecidas en la cautelar. La medida judicial exige la inmediata puesta en marcha de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795, que abordan la actualización salarial de docentes y no docentes desde el 1° de diciembre de 2023 hasta su sanción, así como la actualizació de los programas de becas estudiantiles.
En su fallo, el juez Cormick consideró que hubo un “cumplimiento parcial” del artículo 5°, ya que, aunque se realizaron convocatorias para la negociación paritaria y se emitieron órdenes de pago, no se comprobó que el cálculo de los aumentos y las actualizaciones salariales se haya hecho de acuerdo a lo estipulado por la norma, teniendo en cuenta las variables de ajuste.
El magistrado citó al INDEC, indicando que entre el 1° de diciembre de 2023 y junio de 2026, la inflación alcanzó el 312,19%. “No se observa, en la documentación presentada por la parte demandada, que se haya logrado dicho incremento”, subrayó.
Respecto a las becas, el juez señaló que el Gobierno “admite haber dado tratamiento” únicamente a una, la Beca Manuel Belgrano, y que el cumplimiento informado no abarca lo estipulado en la cautelar para ese aspecto.
Esta resolución judicial se produce en el contexto de un paro nacional de 72 horas que comenzó el miércoles, impulsado por el personal docente y no docente de las universidades públicas, quienes exigen la aplicación inmediata de la Ley de Financiamiento Universitario y una recomposición salarial del 33,4%.









